PCM designa a Julián Palacín como representante titular del Indecopi ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor

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La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) designó al presidente ejecutivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), Julián Fernando Palacín Gutiérrez, como representante titular de esta institución ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor.
Esta disposición fue establecida mediante la Resolución Ministerial N° 292-2021-PCM, firmada por la titular de la PCM, Mirtha Vásquez Chuquilín, publicada hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Consejo Nacional de Protección del Consumidor
Como se sabe, el Código de Protección y Defensa del Consumidor establece que el Consejo Nacional de Protección del Consumidor (CNPC) es un órgano de coordinación en el ámbito de la PCM, y es presidido por el Indecopi, en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor y ente rector del Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor en el país.
El Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor es el conjunto de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos destinados a armonizar las políticas públicas con el fin de optimizar las actuaciones de la administración del Estado para garantizar el cumplimiento de las normas de protección y defensa del consumidor en todo el país, en el marco de las atribuciones y autonomía de cada uno de sus integrantes.
El CNPC está integrado por un (01) representante del Ministerio de la Producción, Ministerio de Salud, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ministerio de Educación, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Ministerio de Economía y Finanzas, Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, gobiernos regionales; gobiernos locales, organismos reguladores de los servicios públicos; tres (03) representantes de las asociaciones de consumidores; un (01) representante de los gremios empresariales; y un (01) representante de la Defensoría del Pueblo, que actúa como observador.
Entre sus principales funciones se encuentran las proponer y armonizar la Política Nacional de Protección y Defensa del Consumidor, así como el Plan Nacional de Protección de los Consumidores; formular recomendaciones sobre la priorización de acciones en determinados sectores de consumo y sobre la generación de normas sobre protección de los consumidores, promover la creación del sistema de información sobre legislación, jurisprudencia y demás acciones y decisiones relevantes en materia de relaciones de consumo; y promover el sistema de alerta y actuación oportuna frente a los productos y servicios peligrosos que se detecten en el mercado.
Lima, 27 de noviembre de 2021


Vía Gob.pe

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