Huancavelica Indecopi capacitó gratuitamente a representantes de colegios particulares para evitar vulneración de derechos de padres

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La Oficina Regional del Indecopi en Huancavelica (ORI Huancavelica), en coordinación con diversos centros educativos particulares de esta región, realizó una charla informativa virtual dirigida a promotores, directores y personal administrativo de este sector, con la intención de recordarles sus obligaciones en favor de los padres de familia y estudiantes, y así evitar posibles conflictos de consumo.
La charla, desarrollada en el marco de la campaña #CiudadanosAntesQueConsumidores que se realiza por el Mes del Consumidor y, como parte de la Campaña Escolar 2021 ‘Checa tu Cole’, fue brindada por el jefe de la ORI Huancavelica, Gary Loza Huarachi, quien dio a conocer detalles fiscalización que todos los años realiza el Indecopi al sector Educativo.
Loza resaltó que, en el marco de esta nueva normalidad, la institución continúa verificando, monitoreando y fiscalizando los distintos sectores de la economía a nivel nacional para garantizar la protección de los derechos de los consumidores.
Durante el taller virtual, el representante de esta sede desconcentrada del Indecopi destacó la importancia de la información que deben brindar los centros educativos particulares a los padres de familia y garantizar la idoneidad en el servicio que prestan; es decir, que cumplan con lo ofrecido. Además, alertó sobre presuntas infracciones que podrían estar cometiendo los centros educativos privados, a fin de que puedan corregir dichas conductas.
Finalmente, ante los participantes, reiteró el compromiso de la ORI Huancavelica de seguir coadyuvando al respeto de los derechos de los consumidores; pero, también, de orientar a los proveedores para que brinden sus productos o servicios en las mejores condiciones.
Huancavelica, 06 de abril de 2021
Glosario:
Consumidores: Son personas naturales o jurídicas que adquieren, utilizan o disfrutan como destinatarios finales productos o servicios materiales e inmateriales, en beneficio propio o de su grupo familiar o social, actuando así en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o profesional. No se considera consumidor a quien adquiere, utiliza o disfruta de un producto o servicio normalmente destinado para los fines de su actividad como proveedor.
Proveedores: Las personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, que de manera habitual fabrican, elaboran, manipulan, acondicionan, mezclan, envasan, almacenan, preparan, expenden, suministran productos o prestan servicios de cualquier naturaleza a los consumidores.
Relación de consumo: Es la relación por la cual un consumidor adquiere un producto o contrata un servicio con un proveedor a cambio de una contraprestación económica.


Vía Gob.pe

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