PRODUCE prohíbe tres modalidades de pesca que alteran el uso de artes de pesca pasivas en todo el litoral peruano
- La medida alcanza al uso activo de redes de enmalle (cortina) y trasmallo por sus impactos sobre los ecosistemas marinos, la captura de ejemplares juveniles y especies no objetivo. No comprende el uso pasivo de estas redes.
Con el objetivo de proteger los ecosistemas marinos y asegurar la sostenibilidad de los recursos hidrobiológicos, el Ministerio de la Producción (PRODUCE) prohibió, en todo el litoral nacional, el uso activo de redes de enmalle (cortina) y trasmallo en tres modalidades específicas de pesca: red de enmalle corrida, red de enmalle en V con rondana activo y red de enmalle corrida con bidón. La disposición comprende las operaciones realizadas con uso o sin uso embarcación.
La medida, aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 00395-2026-PRODUCE, responde a la evidencia técnica del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), que advierte que estas prácticas alteran el principio de operatividad que caracteriza el uso pasivo de estas artes de pesca y las convierten en métodos de pesca activos.
Durante las maniobras de desplazamiento, las redes pueden entrar en contacto con el fondo marino, deteriorar hábitats vulnerables y generar la captura incidental de ejemplares juveniles y especies que no son el objetivo de la actividad pesquera.
Es importante precisar que la prohibición no comprende el uso de redes de enmalle (cortina) y trasmallo cuando operan bajo su principio de funcionamiento pasivo, sino exclusivamente las tres modalidades identificadas en la resolución, en las que las redes son desplazadas durante las operaciones de captura.
El impacto de estas prácticas es particularmente preocupante en ecosistemas como fondos rocosos, acantilados, fondos mixtos, roqueríos y zonas de rompientes, que cumplen funciones importantes para la biodiversidad marina. Según los informes técnicos del IMARPE, el enredo de las redes en estas estructuras puede ocasionar daños físicos en estos ambientes. Además, cuando los aparejos se rompen o quedan abandonados, continúan capturando organismos y generan el fenómeno conocido como pesca fantasma, convirtiéndose también en una fuente persistente de contaminación por plásticos. Estas modalidades de pesca se configuran como no amigables con el ecosistema marino.
Al respecto, el viceministro de Pesca y Acuicultura, Jesús Barrientos, señaló que esta decisión responde a la necesidad de fortalecer el ordenamiento pesquero sobre la base de evidencia científica y prevenir prácticas que comprometan la conservación de los recursos marinos. “La sostenibilidad de la pesca exige reglas claras y el cumplimiento de métodos que no deterioren los ecosistemas ni comprometan la disponibilidad de los recursos para el futuro. Esta medida permite actuar frente a modalidades que generan impactos sobre los fondos marinos y afectan a especies que debemos proteger”, sostuvo.
¿Qué modalidades de pesca están prohibidas?
La Resolución Ministerial identifica tres modalidades específicas de uso activo de redes de enmalle y trasmallo:
- Red de enmalle corrida: consiste en colocar una red de fondo perpendicular a la costa, cuyos extremos son manipulados mediante cabos desde la playa para jalarla y formar un semicírculo durante la captura.
- Red de enmalle en V con rondana activo: utiliza cabos dispuestos en forma de V y una red que se desplaza desde la orilla hacia las peñas, roqueríos e islotes o entre estas estructuras.
- Red de enmalle corrida con bidón: emplea una red unida, por un extremo, a un bidón u otro objeto flotante y, por el otro, a una embarcación. La red es tendida y posteriormente halada o desplazada cerca de la costa.
La resolución establece que estas modalidades constituyen métodos de pesca no autorizados porque alteran el principio de operatividad pasiva que caracteriza a las redes de enmalle y trasmallo. La prohibición comprende el desplazamiento de la red durante la captura, independientemente de la dirección de su recorrido, del medio empleado para movilizarla o de la denominación que reciba la modalidad.
El viceministro Barrientos agregó que la disposición también busca fortalecer el cumplimiento de las normas pesqueras y promover prácticas responsables en el desarrollo de la actividad artesanal. “No se trata de restringir indiscriminadamente la actividad pesquera artesanal, sino de impedir modalidades específicas que alteran el principio de operatividad de estas redes y representan riesgos para el ecosistema marino. La conservación de los recursos es también una condición para garantizar la continuidad de la actividad pesquera y el sustento de quienes dependen de ella”, afirmó.
El incumplimiento de esta disposición será sancionado conforme a la Ley General de Pesca, su reglamento y las normas de fiscalización y sanción de las actividades pesqueras y acuícolas. PRODUCE, a través de sus direcciones competentes, realizará acciones de difusión, supervisión y fiscalización, en coordinación con los gobiernos regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú, dentro de sus respectivas competencias.
Con esta disposición, PRODUCE fortalece el ordenamiento pesquero y establece medidas concretas para proteger los ecosistemas marinos, preservar la biodiversidad y garantizar la sostenibilidad de los recursos hidrobiológicos en beneficio de las actuales y futuras generaciones.
Fuente: Noticias Gob.pe | Publicado el Sat, 07 Nov 2026 18:09:00 -0500