Gobierno reglamenta Ley del Trabajador Social y fortalece el ejercicio profesional de más de 14 500 trabajadores sociales en el país
- Decreto Supremo N.° 016-2026-TR establece reglas claras sobre funciones, derechos, requisitos y campos de intervención de los trabajadores sociales en los sectores público y privado.
- La norma fortalece la meritocracia, previene el intrusismo profesional y contribuirá a mejorar la calidad de los servicios sociales que reciben las personas, familias y poblaciones en situación de vulnerabilidad.
Lima, 30 de setiembre de 2026.- El Gobierno aprobó el Reglamento de la Ley N.° 30112, Ley del Ejercicio Profesional del Trabajador Social, mediante el Decreto Supremo N.° 016-2026-TR, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, poniendo fin a una prolongada brecha normativa y fortaleciendo el reconocimiento y la seguridad jurídica de más de 14 500 trabajadoras y trabajadores sociales que actualmente forman parte del mercado laboral peruano.
- La norma fortalece la meritocracia, previene el intrusismo profesional y contribuirá a mejorar la calidad de los servicios sociales que reciben las personas, familias y poblaciones en situación de vulnerabilidad.
Lima, 30 de setiembre de 2026.- El Gobierno aprobó el Reglamento de la Ley N.° 30112, Ley del Ejercicio Profesional del Trabajador Social, mediante el Decreto Supremo N.° 016-2026-TR, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, poniendo fin a una prolongada brecha normativa y fortaleciendo el reconocimiento y la seguridad jurídica de más de 14 500 trabajadoras y trabajadores sociales que actualmente forman parte del mercado laboral peruano.
El reglamento precisa por primera vez de manera integral las funciones, competencias, requisitos, derechos y campos de intervención de estos profesionales, estableciendo estándares claros para su ejercicio tanto en el sector público como privado, organizaciones sociales, organismos no gubernamentales y en el ejercicio independiente de la profesión.
El ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Juan Sheput, destacó que la norma permite reconocer plenamente el carácter profesional, especializado y de relevancia pública del trabajo social, cuya labor está directamente vinculada a la atención de personas, familias y comunidades, especialmente aquellas que enfrentan situaciones de vulnerabilidad.
“Los trabajadores sociales cumplen una función esencial allí donde una familia atraviesa una crisis, una persona necesita orientación o una comunidad requiere respuestas del Estado. Con este reglamento estamos dando reglas claras, respaldo profesional y reconocimiento a una labor que durante años ha sido fundamental para miles de peruanos”, señaló el titular del MTPE.
Esta situación afectaba directamente a más de 14 500 trabajadores sociales de los sectores público y privado y generaba vacíos sobre sus funciones, superposición de competencias e incluso intrusismo profesional. Con el nuevo reglamento se establecen reglas claras para el ejercicio de la profesión y se exige que determinadas funciones sean desarrolladas por profesionales debidamente calificados.
“Estamos protegiendo una profesión, pero fundamentalmente estamos protegiendo a los ciudadanos que reciben estos servicios. Cuando las funciones están claramente definidas y son ejercidas por profesionales capacitados, tenemos mejores respuestas para quienes más necesitan del Estado”, sostuvo el ministro Juan Sheput.
La norma reconoce al trabajador social como un profesional de relevancia pública y social, con una intervención técnica y especializada que comprende no solo la atención directa a personas y familias, sino también la formulación y evaluación de políticas y programas sociales.
El reglamento establece nueve funciones profesionales y 21 campos de intervención, entre ellos salud, educación, bienestar laboral, seguridad y salud en el trabajo, sistema penitenciario, atención a víctimas de violencia, trabajo social forense y gestión del riesgo de desastres.
Uno de los principales avances es el reconocimiento del informe social como instrumento técnico-profesional propio del trabajador social. Asimismo, para ejercer la profesión se exige título universitario inscrito en la Sunedu, colegiatura y habilitación profesional vigente, reforzando así las medidas frente al ejercicio de funciones por personal no calificado.
En el sector público, las jefaturas de las unidades de trabajo social, servicio social o bienestar social deberán ser cubiertas mediante concurso público de méritos, fortaleciendo los criterios de idoneidad y profesionalización en el Estado.
La medida tendrá además un impacto especialmente significativo en las mujeres: según información de la SUNEDU el 96 % de los egresados de Trabajo Social en 2025 fueron mujeres, por lo que los beneficios de la norma recaerán mayoritariamente en ellas.
El reglamento también busca mejorar la calidad de los servicios sociales que reciben personas, familias y comunidades en situación de vulnerabilidad, al establecer estándares más claros para las intervenciones profesionales.
La norma no genera recursos adicionales al Tesoro Público y es resultado de un proceso multisectorial liderado por el MTPE, con participación del Ministerio de Salud, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el Colegio de Trabajadores Sociales del Perú y la Sociedad Peruana de Trabajo Social.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo brindará orientación y capacitación para su implementación, mientras que la Sunafil prestará asistencia técnica en el ámbito de sus competencias.
Fuente: Noticias Gob.pe | Publicado el Wed, 30 Sep 2026 19:43:00 -0500