Amazonas Sunass dispone que EPS Emusap S. A. devuelva más de S/12 mil por importes facturados en exceso a 1,101 usuarios

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La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) dispuso que la EPS EMUSAP S. A. devuelva la suma de S/12,245.76 por importes facturados en exceso a 1,101 usuarios, correspondientes al periodo de octubre a diciembre de 2025, por incumplir la obligación de facturar únicamente por los servicios efectivamente prestados.

La medida correctiva comprende a 717 suministros correspondientes a octubre, 175 a noviembre y 209 a diciembre de 2025. La devolución deberá incluir los intereses calculados hasta la fecha de devolución.

Para verificar el cumplimiento de la medida correctiva impuesta a la empresa prestadora, EPS EMUSAP S. A. deberá remitir a la Sunass, en un plazo máximo de 90 días hábiles, la documentación legal (notas de abono o de crédito y estados de cuenta corriente) de los 1,101 suministros de los usuarios afectados con el exceso de facturación, que acredite los importes devueltos más los intereses correspondientes.

El jefe de la Sunass en Amazonas precisó que esta devolución será comunicada por la empresa prestadora a cada uno de los 1,101 usuarios. Por otro lado, recomendó a los usuarios que consideren que sus recibos presentan montos elevados, a que formalicen su reclamo ante la EPS EMUSAP S.A. a fin de que se evalúe su facturación en función de las condiciones reales en las que se brindó el servicio.

“A la población usuaria de la región Amazonas les recordamos que, ante cualquier duda o consulta, pueden comunicarse a través del Fono Sunass 1899 y/o acudir a la oficina ubicada en jirón Unión n.° 814, Chachapoyas, de lunes a viernes, de 8:30 a. m. a 5:30 p. m.”, señaló.

La medida impuesta por la Sunass a la EPS EMUSAP S.A. se sustenta en el literal i) del artículo 87 del Texto Único Ordenado del Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N.° 058-2023-SUNASS-CD.

La Sunass reitera que las empresas prestadoras están obligadas a facturar únicamente por los servicios efectivamente prestados y a cumplir las disposiciones vigentes, a fin de garantizar la protección de los derechos de los usuarios de los servicios de saneamiento.

Fuente: Noticias Gob.pe | Publicado el Thu, 15 Oct 2026 11:26:00 -0500

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