¿Cómo acreditar el incumplimiento al régimen de visitas a los hijos? El Consultorio Legal del MINJUSDH lo explica
En la última edición del “Consultorio Legal”, espacio digital de orientación jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), el defensor público de Lima Este, Roberto Chacaltana, explicó cómo se puede acreditar el incumplimiento al régimen de visitas.
El especialista indicó que el incumplimiento del régimen de visitas establecido por acuerdo conciliatorio o decisión judicial puede ser acreditado, a través de una constatación policial, la cual puede solicitarse en una comisaría.
“Tiene que llevar su acta de conciliación o su sentencia judicial y el policía va a constatar, va a ir al domicilio a verificar que no está el padre o la madre para entregar al menor”, señaló.
Este documento policial puede servir como sustento para solicitar, si así lo considera el progenitor afectado, la variación de la tenencia o la modificación del régimen de visitas. “Con tres a cuatro constataciones policiales es suficiente para utilizarlas para una medida de apercibimiento del padre o la madre que no está cumpliendo o también para accionar un nuevo proceso de variación de tenencia”, indicó el abogado.
Por ejemplo, si se estableció un régimen de visitas con un horario extenso y este no se cumple, podría solicitarse su reducción. Asimismo, precisó que el incumplimiento de las responsabilidades de cuidado puede ser tomado en cuenta para solicitar una variación de la tenencia. Finalmente, advirtió que, si bien actualmente los jueces priorizan la tenencia compartida, esta puede modificarse si cambian las circunstancias.
El especialista indicó que el incumplimiento del régimen de visitas establecido por acuerdo conciliatorio o decisión judicial puede ser acreditado, a través de una constatación policial, la cual puede solicitarse en una comisaría.
“Tiene que llevar su acta de conciliación o su sentencia judicial y el policía va a constatar, va a ir al domicilio a verificar que no está el padre o la madre para entregar al menor”, señaló.
Este documento policial puede servir como sustento para solicitar, si así lo considera el progenitor afectado, la variación de la tenencia o la modificación del régimen de visitas. “Con tres a cuatro constataciones policiales es suficiente para utilizarlas para una medida de apercibimiento del padre o la madre que no está cumpliendo o también para accionar un nuevo proceso de variación de tenencia”, indicó el abogado.
Por ejemplo, si se estableció un régimen de visitas con un horario extenso y este no se cumple, podría solicitarse su reducción. Asimismo, precisó que el incumplimiento de las responsabilidades de cuidado puede ser tomado en cuenta para solicitar una variación de la tenencia. Finalmente, advirtió que, si bien actualmente los jueces priorizan la tenencia compartida, esta puede modificarse si cambian las circunstancias.
Fuente: Noticias Gob.pe | Publicado el Sun, 30 Aug 2026 09:00:00 -0500