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El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento informa que acorde a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 068-2021-MINAM(*), a partir del 02 de agosto de 2021, en tanto no se cuente aprobada la Clasificación Anticipada de proyectos de habilitaciones urbanas residenciales, las solicitudes relacionadas a la evaluación ambiental de dichos proyectos deberán ser presentadas al SENACE a través del Link: https://www.gob.pe/9201-acceder-a-ventanilla-unica-de-certificacion-ambiental-eva.
De la evaluación de la clasificación ambiental efectuada a los proyectos por el SENACE, se tendría lo siguiente:

(i) Si corresponde el desarrollo de un EIA detallado, la evaluación y aprobación de dicho instrumento de gestión ambiental estará a cargo del SENACE.

(ii) Si corresponde el desarrollo de un EIA Semidetallado, la evaluación y aprobación del instrumento de gestión ambiental estará a cargo del MVCS.

(iii) Si corresponde el desarrollo de una DIA, la evaluación y aprobación de dicho instrumento de gestión ambiental estará a cargo del SENACE

Es importante señalar que, corresponde también al SENACE la evaluación de modificaciones, informes técnicos sustentatorios y actualizaciones y demás actos o procedimientos vinculados de los EIA detallados.

(*) Resolución Ministerial N° 068-2021-MINAM, que aprobó la culminación del proceso de transferencia de funciones de los sectores Vivienda y Construcción del MVCS al SENACE de los estudios de impacto ambiental detallados.



Vía Gob.pe

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