Aprueban los tres primeros capítulos de nueva ley de personas con discapacidad

La Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad, que preside la congresista Rosa Mavila León (NGP), aprobó los primeros 25 artículos del proyecto de la nueva Ley General de las Personas con Discapacidad, orientada a establecer un marco normativo adecuado para la realización de ese sector de la población, constituido por más de tres millones 200 mil personas.

En sesión realizada el miércoles 14, el grupo dictaminador dejó en suspenso dos de los artículos aprobados, que serán redactados previa coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, ya que proponen exonerar del pago de derechos arancelarios y del IGV a la importación de vehículos de transporte público terrestre de pasajeros accesibles a las personas discapacidad y personas adultas mayores.

Los artículos aprobados por unanimidad, están contenidos en los primeros tres capítulos del proyecto –de un total de 13-, en el primero de los cuales se define a la persona con discapacidad como “aquella que tiene una o más deficiencias físicas, sensoriales, mentales o intelectuales de carácter permanente que, al interactuar con diversas barreras actitudinales y del entorno, pueden impedir el ejercicio de sus derechos y su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones que las demás”.

El mismo artículo precisa que esa persona tiene los mismos derechos que el resto de la población, sin perjuicio de las medidas específicas establecidas en las normas nacionales e internacionales para que alcance la igualdad de hecho.

En cuanto a los derechos civiles y políticos, el capítulo II precisa que la persona con discapacidad tiene, entre otros, derecho a participar en investigaciones de carácter médico o científico con su consentimiento libre e informado; capacidad jurídica en todos los aspectos de la vida; a la libertad y seguridad personal; a vivir de forma independiente en la comunidad, y a participar en la vida política y pública, en todos los casos en igualdad de condiciones que las demás personas, etcétera.

Otro artículo aprobado propone establecer la obligación de las autoridades de los diversos sectores y niveles de gobierno de consultar con las organizaciones representativas de ese sector de la población, antes de adoptar normas legislativas y administrativas, políticas y programas en cuestiones relativas a la discapacidad; sobre la base de los principios de accesibilidad, buena fe, oportunidad y transparencia.

De igual forma, señala que la persona con discapacidad tiene derecho a acceder, en igualdad de condiciones, al entorno físico, medios de transporte, servicios, información y comunicaciones, “de la manera más autónoma y segura posible”.

En el capítulo II, el documento plantea también que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) ejerza potestad sancionadora ante el incumplimiento de las normas de accesibilidad para personas con discapacidad cuando el infractor sea una entidad pública, y respecto de las edificaciones privadas ubicadas en jurisdicciones municipales donde no se haya tipificado como infracción el incumplimiento de esas normas.

El predictamen, elaborado sobre la base de dos proyectos de ley, contiene 86 artículos y 24 disposiciones complementarias, doce de ellas modificatorias, una derogatoria y once finales, con las propuestas de derogar determinados artículos del Código Penal y de las leyes Universitaria, General de Educación, General de Salud, de Radio y Televisión, de Productividad y Competitividad y de Bases de la Carrera Administrativa, entre otras normas legales vigentes para adecuarlas a sus alcances.

La iniciativa busca adecuar la legislación nacional al marco establecido por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas, para cuyo efecto propone modificar o derogar leyes, reglamentos, costumbres y prácticas existentes y que constituyen discriminación contra personas con algunas limitaciones.

Fuente: [congreso]

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