Ministerio de Cultura avanza en la implementación efectiva del régimen sancionador para la protección de los derechos de los PIACI

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Mediante Resolución Ministerial N° 000270-2020-DM/MC, el Ministerio de Cultura aprobó los lineamientos para la aplicación de la metodología para el cálculo de multas a imponer por la comisión de infracciones por el incumplimiento de las disposiciones de la Ley N° 28736, Ley para la protección de Pueblos Indígenas u originarios en situación de Aislamiento y en situación de Contacto Inicial (PIACI).

Este instrumento técnico permitirá determinar el monto de la sanción pecuniaria que será impuesta por la autoridad sancionadora, una vez culminado el procedimiento administrativo sancionador y verificada la comisión de una infracción administrativa.

Esta metodología ha sido elaborada utilizando un método económico que extrapola datos económicos cercanos a la realidad de las poblaciones cuyos derechos son vulnerados (por ejemplo, de población cercana a las reservas indígenas y/o territoriales) y en virtud de ello, obtener los criterios técnicos a considerar en la fórmula para el cálculo de la multa.

En base a dicho análisis económico y técnico, ajustado a las características y particularidades de los PIACI, se obtuvo la metodología para el cálculo de multas a imponer por la comisión de infracciones por el incumplimiento de las disposiciones de la ley N° 28736, Ley para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial.

La publicación de la metodología para el cálculo de la multa, también servirá de respaldo al trabajo técnico y legal del Ministerio de Cultura, y responde a los criterios de razonabilidad y proporcionalidad de las multas establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo General.

Finalmente, con la aprobación de ésta norma, el Ministerio de Cultura se encuentra un paso más adelante en la implementación efectiva del régimen sancionador para la protección de los derechos de los pueblos indígenas en situación de aislamiento y contacto inicial.

Sanciones

Cabe recordar que en agosto del 2019, el Poder Ejecutivo aprobó el reglamento del Decreto Legislativo N° 1374 que establece el Régimen Sancionador por incumplimiento de las disposiciones de la Ley N° 28736, Ley para la protección de los PIACI, que establece que aquellas personas naturales o jurídicas que vulneren dicha normativa, podrán ser sancionados con una multa de hasta 1,000 unidades impositivas tributarias (UIT), es decir, S/ 4 millones 300 mil, el decomiso definitivo de bienes, entre otras.

Dicho reglamento es el resultado de un proceso de participación indígena implementado por el Ministerio de Cultura en coordinación con la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP) y sus organizaciones regionales: la Organización Regional de los Pueblos Indígenas del Oriente – ORPIO, el Consejo Machiguenga del Río Urubamba – COMARU, la Organización Regional – AIDESEP Ucayali – ORAU; y, la Federación Nativa del Río Madre de Dios y Afluentes – FENAMAD.



Vía Gob.pe

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