Fotografiar un DNI como requisito para la entrega de un producto adquirido vía online genera riesgos al titular de los datos personales

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La pandemia por la Covid-19 ha originado que muchos negocios prioricen o incursionen en el comercio electrónico y adopten protocolos para garantizar que la entrega física de sus productos se realice de manera segura.

En ese proceso, algunas empresas estarían exigiendo a los clientes el envío de una fotografía de su Documento Nacional de Identidad (DNI), a fin de cerciorarse que la entrega del bien se efectúa al verdadero comprador.

Al respecto, la ANPD del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) recuerda a la ciudadanía que, de acuerdo al principio de proporcionalidad recogido en la Ley de Protección de Datos Personales (Ley n.° 29733), para la compra y venta de productos solo deben solicitarse los datos estrictamente necesarios para efectuar la entrega del bien.

En ese sentido, la ANPD advierte que la captura fotográfica del DNI implica el otorgamiento de datos personales que no resultan relevantes para la entrega; tales como la fecha de nacimiento, el estado civil, el dígito de verificación o el ubigeo.

“Algunos de estos datos son solicitados por plataformas del Estado para garantizar la autenticidad de la persona que accede a un servicio o bien, pero la libre recopilación de estos puede generar riesgos de suplantación”, afirmó Eduardo Luna, director general de la ANPD.

Por ese motivo, se exhorta a las empresas a evaluar sus protocolos de entrega de productos y brindar alternativas a sus clientes, siendo una de ellas la firma manuscrita. A su turno, María Alejandra González, directora de Protección de Datos Personales, enfatizó que “no se puede conminar a un ciudadano a entregar su DNI como condición para recibir un producto que ha adquirido vía online”.

Las ciudadanas y ciudadanos que consideren que sus datos personales no han siendo tratados adecuadamente, pueden escribir al correo [email protected] y presentar la denuncia correspondiente.



Vía Gob.pe

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