Produce otorgará Constancia de Cumplimiento de requisitos mínimos de seguridad del cemento para las construcciones

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  • El objetivo es prevenir riesgos para la seguridad y la vida de las personas ante sismos o daños materiales

A fin de proteger y salvaguardar el derecho de información de los consumidores y usuarios, el Ministerio de la Producción publicó el Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento Técnico de Cemento Hidráulico utilizado en Edificaciones y Construcciones de Concreto en General.

Este proyecto de reglamento técnico permitirá que los fabricantes e importadores, a través de una Constancia de Cumplimiento de los requisitos mínimos de seguridad adecuados para las construcciones ante eventos de actividad sísmica, puedan demostrar la conformidad de los requisitos mínimos de seguridad del cemento.

Con ello, los productos certificados podrán diferenciarse de aquellos que no cumplen con tales requisitos en el mercado, además generarán confianza a sus clientes y potenciales clientes, lo que se traducirá en mayores ventas e ingresos.

Esto considerando que el 60% del sector es sostenido por la "autoconstrucción” y que la ubicación del Perú en el “Cinturón de Fuego del Océano Pacifico” lo convierte en una zona de alto potencial sísmico, expuesto a la ocurrencia de terremotos, así como a fenómenos climatológicos como el Fenómeno del Niño”.

Por esta razón, de acuerdo a la propuesta de reglamento técnico, la Constancia de Cumplimiento tendrá vigencia de un año, sujeto a renovación.

Vale resaltar que en el mercado peruano, hay evidencia que la comercialización del cemento no estaría cumpliendo con los requisitos mínimos de seguridad. Esto, de acuerdo al análisis de las fichas técnicas, el incumplimiento de las normas técnicas verificado a través de ensayos de laboratorio y la casuística del incumplimiento de normas técnicas.

Según la información de los fabricantes y/o importadores de cemento, en el Perú se comercializan 16 marcas y 13 tipos de cemento.

Tras la publicación de este Proyecto de Reglamento, la ciudadanía en general puede remitir sus opiniones, comentarios y/o sugerencias a la sede del Ministerio de la Producción, con atención a la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, y/o a la dirección electrónica: [email protected].

Es preciso mencionar que se tiene un plazo de 90 días calendario, contados desde la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano, el pasado 12 de junio.



Vía Gob.pe

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