Produce autoriza inició de primera temporada de pesca de anchoveta en el sur del país a partir del 1 de agosto

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  • La cuota de captura asignada es de 435 000 toneladas para esta temporada, cuyo fin no podrá exceder el 31 de diciembre del 2020

El Ministerio de la Producción (Produce) autorizó el inicio de la primera temporada de pesca 2020 del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), en el área marítima comprendida entre los 16º00’LS y el extremo sur del dominio marítimo del Perú, a partir del próximo sábado 1 de agosto.

En ese sentido, el ministro de la Producción, José Salardi Rodriguez, indicó que la fecha de conclusión no podrá exceder del 31 de diciembre de 2020 o, en todo caso, una vez que se alcance el límite máximo de captura.

Asimismo, precisó que este Límite Máximo Total de Captura Permisible de la Zona Sur (LMTCP-Sur) será de cuatrocientos treinta y cinco mil (435 000) toneladas.

Medidas de conservación

Salardi Rodríguez indicó que en esta temporada se prohíbe la extracción y/o procesamiento de ejemplares de anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) con tallas menores a las previstas en las normas vigentes, permitiéndose una tolerancia máxima de 10% expresada en número de ejemplares.

De igual manera, detalló que el IMARPE informará a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, sobre el seguimiento de la actividad extractiva de la anchoveta y referido a las capturas diarias, capturas incidentales, esfuerzo de pesca desplegado, incidencia de juveniles, entre otros indicadores; recomendando con la prontitud del caso, las medidas de conservación que sean necesarias adoptar para garantizar el adecuado uso de los recursos pesqueros.

Por último, enfatizó que las Direcciones Generales de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto, de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción; así como la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, en el ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la norma.



Vía Gob.pe

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