Ministerio de Salud dicta pautas para el tratamiento de los cadáveres Covid-19 en comunidades indígenas u originarias

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El Ministerio de Salud (Minsa) determinó que, si ocurre el fallecimiento de una persona por Covid-19 en centros poblados rurales, dispersos y/o con población indígena u originaria, el personal de salud debe aplicar las directivas nacionales vigentes, pero con la posibilidad de conservar algunas de las tradiciones y costumbres de dichos pueblos, siempre y cuando, no se ponga en riesgo la salud pública.

En la Resolución Ministerial 512-2020-Minsa, publicada en el diario oficial El Peruano, se especifica que no está permitido el velatorio del cadáver con Covid-19 y las personas que han vivido con el fallecido deben mantener estricta cuarentena.

Además, el ‘lavado de ropa’ solo podrá hacerse con vestimenta que el fallecido no haya estado usando; y solo en casos excepcionales y por razones humanitarias se permitirá el traslado de los cuerpos a una comunidad, bajo estricto cumplimiento de las medidas de bioseguridad.

Asimismo, la resolución establece que el personal de salud en esos centros poblados debe contar con la aceptación y confianza de los apus o jefes de la comunidad, a quienes debe explicar las razones por las que se tiene que cambiar la modalidad del entierro y los rituales. También se pone énfasis en que la relación con los familiares de la persona fallecida debe ser horizontal, con respeto y sensibilidad, y sin discriminación.

Cabe precisar que el mensaje sobre las razones por las que se tiene que cambiar la modalidad del entierro y los rituales en estas zonas del país deberá ser reforzado a través de los medios de comunicación disponibles en la comunidad y el perifoneo, con el objetivo de facilitar el entendimiento y aceptación de las medidas de bioseguridad y la postergación de los rituales.

Finalmente, de acuerdo con la norma, los familiares directos que podrán asistir durante el procedimiento de servicios funerarios de cadáveres con Covid-19, o caso sospechoso de esta enfermedad, no excederán de dos personas en la cremación y cinco personas para la inhumación.



Vía Gob.pe

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