Comercio Exterior: actividades de producción para la exportación se reanudarán en Fase 1

La reanudación de actividades económicas en forma gradual e incremental consta de cuatro fases. La primera de ellas se inicia en el mes de mayo del 2020 e incluye 27 actividades. Entre ellas se encuentran la producción temporal para atender órdenes de compra internacional vencidas o por vencer.

Las actividades permitidas durante el Estado de Emergencia Nacional incluían la producción de alimentos, bienes farmacéuticos y otros de primera necesidad. Otros sectores tuvieron que adaptarse al teletrabajo, pero un gran número de empresas dejaron en pausa sus operaciones de producción para cumplir con el aislamiento social obligatorio.

Esto dejó a muchas empresas exportadoras de productos no tradicionales con órdenes de compra que vencieron o están próximas a vencer. Por ello, en la Fase 1 de reanudación de actividades, se ha contemplado que estas puedan operar de forma temporal para cumplir con sus clientes.

Esto es importante para las empresas, no solo por los ingresos que generan, sino para mantener su inserción en el mercado internacional, y la imagen y el contacto con compradores que a las empresas les ha costado años afianzar. De igual forma, esto permitirá mantener los empleos que el comercio exterior genera en el país.

El impacto del COVID-19 en el mercado internacional afecta tanto la oferta como la demanda. Por ello, las empresas deben asegurar las relaciones comerciales construidas con anterioridad en un entorno más competitivo en el que los países buscarán mantener su participación en el comercio internacional. Los logros del Perú en comercio exterior son el fruto del esfuerzo de miles de peruanos por varios años, y debemos trabajar conjuntamente para no perder lo avanzado.

Reanudación de actividades en sectores de minería, industria y servicios

Cabe destacar que entre las actividades aprobadas en la “Reanudación de Actividades” se encuentran actividades productivas claves para la oferta de productos que se exportan al mundo. Estas son parte de las exportaciones tradicionales y no tradicionales, e incluyen actividades en sectores de minería, industria, y servicios. Las actividades de interés en la Fase 1 para el desarrollo de las exportaciones son:

Minería e Industria

· Explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas del estrato de la gran minería y, proyectos en construcción de interés nacional e hidrocarburos.

· Insumos para la actividad agropecuaria.

· Pesca industrial (consumo humano indirecto).

· Producción temporal: órdenes de compra (exportaciones) vencidas y por vencer.

· Industrias de vidrio, forestal (maderable o no maderable), papel y cartón, plásticos y hielo ampliación de textil y confecciones, maquinaria y equipo.

· Industria metalmecánica

· Sustancias químicas básicas y abono y servicios complementarios a agricultura (para actividades esenciales).

Construcción

· Industrias y servicios conexos a la construcción.

Servicios

· Servicios prestados a empresas (soporte de TI y servicios profesionales, exportaciones de servicio de conocimiento)

Para iniciar actividades, se deben dar las condiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 080-2020-PCM, incluyendo que las entidades, empresas o personas naturales que realicen estas actividades, deberán observar los “Lineamientos para la vigilancia de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, aprobados por Resolución Ministerial Nº 239-2020-MINSA, así como los Protocolos Sectoriales, cuando hayan sido emitidos.

Por ejemplo, en el caso del sector textil y confecciones, el Ministerio de la Producción (PRODUCE) ha hecho público el protocolo sanitario para el sector textil y confecciones, al igual que los criterios de focalización territorial y la obligación de informar incidencias. Entre enero y marzo de 2020, este sector exportó US$ 273 millones, lo que representa el 2.9% de las exportaciones totales.

En la misma línea, se crearán y publicarán las medidas para cada actividad considerada en la Fase 1, con el fin de que puedan operar con la seguridad adecuada para los trabajadores.



Vía gob.pe

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