MIMP: Conadis crea plataforma digital de información sobre personas con discapacidad inscritas en nuestra institución para las Municipalidades

Con el objetivo de facilitar la información a las autoridades municipales sobre las personas con discapacidad inscritas en el Registro del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad- CONADIS se ha creado una plataforma digital para darles el acceso a conocer quiénes son y dónde está la mencionada población vulnerable.

En ese sentido, la información que ahora ofrece el CONADIS a través de su plataforma digital está habilitada exclusivamente para los alcaldes y alcaldesas del Perú, constituyéndose en  una herramienta que facilitará la llegada del apoyo social a las personas con discapacidad que más lo necesitan dentro de su jurisdicción.

Cabe mencionar, que las 285,399 personas inscritas en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad del CONADIS no constituyen la totalidad de la población con discapacidad de nuestro país, dado que la inscripción en este Registro es voluntaria; sin embargo, los datos que fueron declarados por las mismas al momento de su inscripción pueden permitir un fácil acceso a ellas, además de su priorización por edades y grado de severidad de la discapacidad.

La información será puesta a disposición de las 1874 municipalidades a nivel nacional  y se encuentra acorde a los parámetros de respeto que exige la Ley N° 29733 – Ley General de la Persona con Discapacidad  y la Ley  de Protección de Datos Personales; para lo cual, el CONADIS ha adoptado las medidas técnicas y organizativas que permitan su adecuado tratamiento; recordando a las autoridades ediles, expresamente, que se encuentra prohibida su publicación y/o uso indebido.

Asimismo, todas las autoridades ediles recibirán un correo electrónico con el usuario y contraseña; y, en el marco del cumplimiento de la Ley de Protección de Datos Personales,  si realizan cualquier cambio y/o designación en la persona que haga uso de esta base de datos o la necesidad de usarlo para otros fines, deberán comunicarlo inmediatamente al correo electrónico: [email protected]

Finalmente, de acuerdo al artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 033-2020, que establece medidas para reducir el impacto en la economía peruana, de las disposiciones de prevención establecidas en la declaratoria de Estado de Emergencia Nacional ante los riesgos de propagación del COVID – 19, permitirá que las municipalidades distribuyan bienes de primera necesidad de la Canasta Básica Familiar a favor de las poblaciones en situación de vulnerabilidad, en virtud a la transferencia económica que el Ejecutivo les ha efectuado.



Vía gob.pe

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