ATU: Durante el estado de emergencia personas en riesgo de contagio no pueden trabajar en la operación del transporte urbano

Lima, 10 de abril de 2020. A fin de salvaguardar la salud pública y contribuir a la no propagación de la Covid-19, la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) ha emitido la carta circular N° 003-2020-ATU/DO-SSTR a los correos electrónicos de las empresas de transporte, señalando lo siguiente:

  1. Las empresas de transporte están obligadas a brindar un número telefónico para las coordinaciones de desinfección de las unidades, llamar a los celulares 996482611 – 940396342. Asimismo, deben registrar las placas de sus vehículos en la plataforma web de la ATU (http://18.191.3.110/transporteUrbano/index.php) para obtener la habilitación respectiva.
  2. Las unidades vehiculares deben ser limpiadas y desinfectadas antes del inicio del servicio de cada día, de manera obligatoria.
  3. Las empresas de transporte deben abstenerse de programar a trabajadores en riesgo de contagio (adultos mayores de 60 años y personas con enfermedades preexistentes como diabetes, cardiopatías o enfermedades pulmonares).
  4. Los conductores y personal que preste servicios deben contar con la protección de mascarillas y guantes para brindar el servicio, a fin de proteger su salud y la de sus usuarios.
  5. Las autoridades policiales y fiscalizadores están facultadas a intervenir a las unidades que no cumplan con estar habilitadas, desinfectadas y contar con los implementos de guantes y mascarilla. De no ser así, incurrirán en infracciones a la norma y podrán ser inhabilitados por dos años y sancionados con multas.

Finalmente, a toda la población, se les exhorta a utilizar el transporte urbano solo si prestan labores en las actividades esenciales, siguiendo siempre las recomendaciones sanitarias del Ministerio de Salud.

PRENSA ATU



Vía gob.pe

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