Produce: Imarpe ejecutará una pesca exploratoria de anchoveta en el sur del Perú por un periodo de cinco días

  • Se realizará en el área marítima comprendida desde los 16º00’S hasta el extremo sur. Es decir, entre Punta Capa (Arequipa) y Los Palos (Tacna)
  • Información será útil para determinar las medidas de ordenamiento pertinentes para el inicio de la primera temporada de pesca 2020 en la zona sur

El Ministerio de la Producción (Produce) autorizó al Instituto del Mar del Perú (IMARPE) la ejecución de una pesca exploratoria del recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta blanca (Anchoa nasus) en la zona sur del mar peruano utilizando embarcaciones de cerco de mayor escala.

A través de la Resolución Ministerial Nº 104-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial El Peruano, Produce indicó que la pesca empezará mañana 14 de marzo y tendrá una duración de cinco días.

La misma se realizará en el área marítima comprendida desde los 16º00’S hasta el extremo sur. Es decir, entre las zonas de Punta Capa (Arequipa) y Los Palos (Tacna).

“Esta actividad se realizará con la finalidad de actualizar la información sobre la distribución de la anchoveta, estructura por tallas y la incidencia de otras especies en dicha zona”, anotó.

Disposiciones complementarias

Se detalló que las embarcaciones pesqueras participantes desarrollarán sus actividades fuera de las cinco millas marinas de la línea de costa. Para tal efecto, las embarcaciones pesqueras deberán desplazarse desde los puertos de base hacia la zona de operación asignada y viceversa, así como mantener rumbo y velocidad de navegación constante.

De igual manera, las embarcaciones pesqueras participantes deberán estar equipadas con redes anchoveteras de 13 mm de tamaño de malla y con los equipos instalados y operativos del Sistema de Seguimiento Satelital para embarcaciones Pesqueras (SISESAT).

El IMARPE en forma oportuna comunicará a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción sobre el desenvolvimiento de la presente pesca exploratoria, recomendando con la prontitud del caso, la suspensión de las actividades.

Para dicho efecto el IMARPE podrá emplear medios electrónicos que permitan la optimización del flujo de información entre dicha institución y el Ministerio de la Producción. La información alcanzada deberá contar con los vistos correspondientes y deberá ser regularizada posteriormente.

Por último, Las Direcciones Generales de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto, de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, así como las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de la norma.



Vía gob.pe

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