MTC vela por el despliegue ordenado de antenas y en armonía con el medio ambiente

El despliegue de infraestructura pasiva de telecomunicaciones, que implica la instalación de torres donde se colocan las antenas de empresas de telecomunicaciones, es necesario para mejorar la calidad de las comunicaciones, la cobertura, así como para poder ofrecer nuevos servicios, pero ésta debe realizarse de manera ordenada y en armonía con el medio ambiente.

En ese sentido, se presentó un segundo proyecto de normativa cuyo objeto es reducir el impacto de los problemas generados por la instalación de torres y operación de las antenas que no cumplen con estándares mínimos, que son fundamentales para mejorar la calidad del servicio de telecomunicaciones.

“El proveedor de infraestructura pasiva debe cumplir con lo que ellos mismos se comprometieron en la ficha técnica o certificación ambiental, a instalar las torres y/o antenas dentro del horario señalado por la autoridad local e informar la relación de empresas a quienes brinda el servicio”, informó José Aguilar, director general de Políticas y Regulación en Comunicaciones.

La Resolución Ministerial Nº 0189-2020-MTC/01.03, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, resalta además que se busca simplificar los requisitos para la solicitud y renovación de la inscripción en el registro de proveedores de infraestructura pasiva.

El incumplimiento de estas obligaciones puede generar la suspensión, por dos meses, o cancelación de oficio, por dos años, de la inscripción en el Registro de Proveedores de Infraestructura Pasiva para Servicios Públicos Móviles; medidas que se adoptan cautelando el debido proceso.

“De esta manera se castiga a aquellos proveedores que incumplan con realizar un adecuado despliegue. Y de incurrir en suspensión o cancelación, se verán impedidos de seguir instalando infraestructura de telecomunicaciones de acuerdo al plazo señalado por la norma”, dijo Aguilar.

También se propone que las operadoras se limiten a utilizar la infraestructura desplegada por proveedores que cuenten con su inscripción vigente en el registro, caso contrario, serán pasibles de recibir una sanción administrativa.

Esta nueva propuesta tiene por fin principal, la adecuación a las normas de simplificación administrativa y lineamientos OCDE y cuenta con aportes hechos por la academia, especialistas y sociedad en general a la primera propuesta presentada en octubre del 2019. Estará disponible por espacio de diez días calendario para nuevos comentarios que refuercen y den solidez a la norma final.



Vía gob.pe

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