El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprueba Reglamento para garantizar el derecho a la defensa de las personas

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) aprobó, a través del Decreto Supremo n.° 017-2019-JUS, el Reglamento para regular la participación de las y los defensores públicos penales en las audiencias de carácter inaplazable.

A través de esta norma, publicada el pasado 4 de noviembre 2019 en el diario oficial El Peruano, se busca que estos profesionales tengan una participación oportuna, cierta y efectiva en las citadas audiencias, garantizando el derecho de defensa del usuario y los fines para los cuales fue requerido.

Asimismo, pretende unificar criterios de actuación para que el órgano jurisdiccional notifique de forma oportuna y paralelamente al defensor de libre elección y al defensor público, a fin de que tome conocimiento de los elementos de convicción pudiendo así elaborar su estrategia de defensa.

El servicio de Defensa Pública del MINJUSDH cuenta con 1078 defensoras y defensores públicos penales en todo el país, quienes brindan asistencia técnico legal gratuito a las personas que no cuenta con recursos económicos para contratar un abogado privado y en los casos que la ley así lo señale.



Vía gob.pe

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