Ejecutivo aprueba nuevo reglamento de gestión de intereses

Como parte de las tareas emprendidas por el Gobierno para elevar los estándares de integridad pública, fue publicado hoy en el diario oficial El Peruano el nuevo reglamento de la Ley N° 28024, que regula la gestión de intereses en la administración pública.

La gestión de Intereses (o lobby) es la actividad a través de la cual las personas, naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, promueven sus intereses con el fin de orientar una decisión pública en un sentido deseado. Dicho proceso, debidamente realizado, constituye una actividad legítima ante la administración pública.

El nuevo reglamento precisa la obligación de los funcionarios con capacidad de decisión pública de registrar los actos de gestión de intereses que realicen los particulares en las entidades del Estado, a través de un sistema único de registro de visitas en línea, lo cual permitirá contar con información transparente, abierta e interoperable.

Al respecto, la titular de la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, Susana Silva Hasembank, manifestó que las nuevas disposiciones contribuirán a una mejor supervisión de dicha actividad. “No solo se ha simplificado el proceso de registro para un cumplimiento efectivo, sino que se ha puesto mayor énfasis en darle más transparencia al acto de gestión, independientemente de quién lo realice”, puntualizó la funcionaria.

Tras la aprobación del nuevo reglamento se tiene previsto iniciar el proceso de implementación en todas las entidades públicas, actualizando sus registros de visitas en línea de manera progresiva.

Silva Hasembank subrayó que una adecuada gestión de esta actividad permitirá a la ciudadanía identificar sectores interesados en diferentes temas que son objeto de decisiones públicas. “Además, permitirá a quienes realicen una gestión de interés un acercamiento al Estado en igualdad de condiciones y contribuirá a legitimar la toma de decisiones públicas al reducir el margen de cuestionamientos por falta de transparencia”.

Cabe destacar que esta medida da cumplimiento a lo establecido en el Decreto Legislativo N°1415 y a la acción número N°29 del Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018-2021.

Enlace al reglamento: http://bit.ly/2NqXViJ



Vía gob.pe

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