COMUNICADO

En cumplimiento del DECRETO SUPREMO Nº 044-2020-PCM dado por el Ejecutivo, mediante el cual se declara el Estado de Emergencia Nacional y los decretos de urgencia, así como las disposiciones de contingencia que lo complementan, la Presidencia del Fuero Militar Policial comunica lo siguiente:

  1. En la fecha y por el plazo de 15 días, es decir, hasta el 30 del presente mes, se suspenden las actividades institucionales y labores en las oficinas administrativas y de apoyo en las sedes del Fuero Militar Policial, a nivel nacional, sin que se considere dicho periodo como de vacaciones del personal.
  2. A efectos de mantener la operatividad indispensable, los directores y responsables de cada área, en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos, deberán establecer el modo de trabajo a distancia de funcionarios y empleados en aquellos puestos que consideren necesario y pertinente, tomando las previsiones técnicas que lo faciliten.
  3. Las audiencias y plazos judiciales y fiscales previstos para el periodo indicado, se suspenderán y posteriormente se reprogramarán. Sólo se realizarán diligencias de carácter urgente, como audiencias de prisión preventiva y habeas corpus.
  4. La Fiscalía Militar Policial mantendrá los turnos establecidos con plena operatividad a efectos de asumir las investigaciones que sea indispensable realizar, dada la movilización de miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional en todo el País.
  5. Se exhorta a los señores magistrados, funcionarios y trabajadores a colaborar en el cumplimiento de las disposiciones del ejecutivo, es decir permanecer en su domicilio, y a brindar todo su apoyo, en lo que corresponda, para mantener el normal desarrollo del Fuero Militar Policial durante el Estado de Emergencia.

Lima, 16 de marzo de 2020.



Vía gob.pe

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