Ministro Olaechea: Gobierno fortalece el funcionamiento del Régimen Especial de Pensiones para los Trabajadores Pesqueros

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  • Ejecutivo establece que la SUNAT es la entidad encargada de recaudar el aporte social de US$1.95/TM de anchoveta creado por el Decreto Legislativo N°1084
  • También introduce modificaciones a las definiciones de armador para establecer la responsabilidad del empleador en caso de incumplimiento

A través del Decreto Supremo N° 289-2017-EF, publicado en el diario oficial “El Peruano” el 7 de octubre último, se modifican algunos artículos del Reglamento de la Ley N°30003, Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2014-EF, con el fin de mejorar el funcionamiento del Régimen Especial de Pensiones para los Trabajadores Pesqueros (REP) en el sector pesca y garantizar el acceso a un sistema de pensiones equilibrado.

Dicho dispositivo precisa, entre otros aspectos, que la SUNAT es la entidad encargada de recaudar el aporte social del US$ 1.95/TM de anchoveta descargada, creado por el Decreto Legislativo N° 1084, Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, que deben efectuar los titulares de los establecimientos industriales pesqueros industriales.

Para dicho efecto, el Ministerio de la Producción debe remitir el valor del mencionado aporte; estableciéndose que en caso de incumplimiento, se aplicará intereses legales y PRODUCE aplicará las disposiciones establecidas en el quinto y sexto párrafo de la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento del mencionado Decreto Legislativo.

“Según la norma, la deuda del aporte social generada desde el 2014 hasta el 31 de enero de 2018 (fecha en la que Sunat debe haber implementado el nuevo sistema de recaudación) se pagará hasta en tres meses sin intereses o hasta en 18 meses con intereses, en cuyo caso se aplicará la tasa moratoria establecida por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS)”, precisó el ministro de la Producción, Pedro Olaechea.

El Decreto Supremo también introduce modificaciones a las definiciones de armador para establecer la responsabilidad del empleador en caso del incumplimiento del pago del aporte; y de semana contributiva, a fin de permitir acceder a una pensión.

Asimismo, se efectúan cambios al registro de trabajadores a cargo de PRODUCE para que un mayor número de trabajadores pesqueros accedan al régimen pensionario.

“Ahora los trabajadores (de la lista B) afiliados a la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador (CBSSP), que no estén activos, también serán incorporados en el registro de PRODUCE para acceder a una pensión”, acotó el titular del sector.



Fuente: PRODUCE

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