MINAM modifica listado de proyectos de inversión comprendidos en el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental – SEIA

Lima, 03 de octubre de 2017.- En el marco de la revisión del Reglamento de la normativa del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), en el mes de junio del 2017 se modificó el listado de inclusión de los proyectos de inversión en el ámbito de Comercio Interno que corresponde al Sector Industria, y en diciembre del 2016 se modificó el listado correspondiente al subsector Saneamiento. El día de hoy, el Ministerio del Ambiente (MINAM) publicó la RM N° 2762017MINAM sobre la modificación del listado de inclusión de proyectos de inversión en lo que corresponde a la exploración minera.

La modificación de este listado consiste en:

  • Eliminar la referencia que se hacía a la exploración minera de pequeña, mediana y gran minería, por proyectos de exploración minera de titulares de pequeña, mediana y gran minería.
  • Se incluye en el SEIA las características de las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIAs) y los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) semidetallados vigentes actualmente en la normativa sectorial (DS 020-2008-MEM). Es decir, se incluyen los proyectos de exploración minera de más de 20 plataformas de perforación y/o más de 10 hectáreas de área disturbada, así como los que consideren túneles de exploración o que busquen determinar la existencia de minerales radioactivos.

Adicionalmente, se precisa que requieren de Certificación Ambiental en el marco del SEIA los proyectos de exploración minera que se ubiquen en áreas ambientalmente sensibles, es decir, cerca de un cuerpo de agua, bofedal, canal de conducción, pozo de captación de aguas subterráneas, manantiales o puquiales, nevado o área glaciar, tierras de protección y/o bosques primarios; dentro de Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de amortiguamiento y en áreas al amparo de alguna regulación especial reconocidas por Ley.

Como consecuencia de la modificación del mencionado listado de proyectos, el nuevo Reglamento de Protección Ambiental de exploración minera (a cargo del Ministerio de Energía y Minas) eliminará la “DIA de aprobación automática” aún vigente, por no ser una categoría establecida en la norma del SEIA.

La Resolución Ministerial N° 276-2017-MINAM entrará en vigencia con la aprobación del Reglamento de Protección Ambiental para las actividades de exploración minera adecuada a las normas del SEIA que emitirá el Ministerio de Energía y Minas (MINEM).

En resumen, con estas modificaciones el Ministerio del Ambiente establece criterios claros y predecibles para que tanto la población, como las empresas, puedan conocer los instrumentos de gestión ambiental aplicables a proyectos de exploración minera, en función de su impacto ambiental.

Fuente: MINAN

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