Municipalidad de Lima modifica procedimiento de cambio de zonificación ampliando la participación directa de los distritos


La ordenanza 1617, publicada el 19 de julio, modifica únicamente un procedimiento de la ordenanza 620; ordenanza metropolitana que regula el proceso de aprobación del plan metropolitano de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano de Lima, de los planes urbanos distritales y de actualización de la zonificación de los usos de suelo de Lima.

El cambio aprobado por el Concejo Metropolitano busca ampliar la participación de los distritos en el proceso, fomentar el mayor acceso a información de los vecinos, y generar un mecanismo integral de evaluación.

Así, el cambio del inciso 2 del artículo 34, modifica exclusivamente los procedimientos de cambio de zonificación, manteniendo vigente el resto de procedimientos regulados por la ordenanza 620.

Un mecanismo integral y no fragmentado

El anterior procedimiento, modificado por la ordenanza 1617, permitía que los cambios específicos de zonificación se evaluaran de manera individual y en cualquier momento del año, complicando el proceso de planeamiento de los distritos y de la Metrópoli, al romper la visión de conjunto del territorio. El uso masivo de este mecanismo facilitó un crecimiento desordenado y fragmentado de la ciudad, proceso que ha sido criticado tanto por los alcaldes distritales, los vecinos directamente afectados y las instituciones expertas en el uso del suelo y ordenamiento territorial.



El actual procedimiento busca que los pedidos de cambio de zonificación sean evaluados de manera conjunta, no por separado, definiendo criterios homogéneos de tratamiento del suelo, reduciendo la discrecionalidad, y fortaleciendo la capacidad planificadora de los distritos y de la metrópoli.

Un mecanismo que amplía la participación de los distritos

En el anterior procedimiento los interesados en generar un cambio de zonificación específico iban directamente a la Municipalidad Metropolitana de Lima, la cuál evaluaba el pedido individual y mandaba una copia al distrito para que este emita un informe técnico.

El distrito tenía como máximo 30 días para pronunciarse, en este tiempo debía hacer una evaluación técnica y levantar la opinión de los vecinos directamente afectados. Si no lograban emitir opinión en este plazo se consideraba que la opinión era favorable y la MML continuaba con el procedimiento, actuando sólo con el criterio de sus órganos técnicos. De esta manera un distrito podía recibir entre 30 y 40 pedidos individuales en una misma semana, exigiéndoseles una evaluación técnica para cada uno de ellos, sin lograr en muchos casos emitir su opinión. Esto eliminaba del proceso la opinión formal del distrito.

Adicionalmente, en el procedimiento anterior, la opinión distrital se elevaba de manera indistinta ya sea en un informe del gerente de desarrollo urbano, o el gerente municipal, o el alcalde o el concejo distrital. Es decir no había un criterio institucional de emisión de opinión.

Con este nuevo procedimiento, los pedidos entran directamente a los distritos,  los cuales tendrán 75 días para realizar el proceso de evaluación, analizando el conjunto de pedidos, y emitiendo un solo informe técnico que muestra la visión integral del distrito. Este procedimiento se realizará de manera semestral.

Asimismo este nuevo procedimiento plantea que sea el Concejo Distrital, que incluye a sus regidores y alcalde, quien emita una opinión oficial, dando relevancia y mayor institucionalidad a la opinión distrital.

Un mecanismo que regula la consulta a los vecinos y amplía su acceso a información

El procedimiento aprobado por la MML permite definir de manera precisa quienes son los vecinos directamente afectados por un cambio de zonificación y que deben ser consultados. Definiendo un formulario único de consulta que permite homogeneizar el procedimiento. A diferencia del anterior procedimiento que no definía con claridad quienes debían ser consultados. Ocurriendo así que vecinos del entorno no tomaran conocimiento de los cambios de zonificación que estaban en trámite.

El actual procedimiento amplía el acceso a información de todos los vecinos del distrito, además de los directamente afectados. Plantea una exhibición pública, así como en su portal WEB, durante 30 días del plano del distrito incluyendo el conjunto de cambios de zonificación presentados. De esta manera los vecinos del distrito pueden tomar conocimiento del proceso y fiscalizarlo, lo que constituye una novedad en este procedimiento.

Fuente: (MunLima).

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